29 Ene El Consejo de Ministros ha declarado de urgencia la tramitación del proyecto de Real Decreto
Por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la TDT y se regulan determinados aspectos para la liberación del Segundo Dividendo Digital.
Esta aprobación es un elemento clave para que el Real Decreto sea informado por el Consejo de Estado en un plazo corto de tiempo, y así pueda ser aprobado posteriormente por el Consejo de Ministros , que es a quien corresponde, y tras ello ser promulgado mediante su publicación en el BOE.
Todo el sector relacionado con la TDT y con las telecomunicaciones, como hemos venido reclamando que este proceso siendo una cuestión exclusivamente técnica y de Estado debía abordarse por vía de urgencia para garantizar el cumplimiento de las previsiones de la Hoja de Ruta para la liberación del 2º dividendo digital .
Especialmente en cuanto a los plazos mínimos de simulcast por área geográfica se refiere, ya que debido a la complejidad muy superior en relación al primer dividendo, requiere de 12 meses globales en el conjunto de España, para garantizar un mínimo de 6 meses de simulcast por área.
Desde Televisión Abierta, de la que FENITEL es activo participante, se realizó una importante acción pública con la publicación de una tribuna y de una nota de prensa los días previos al MWC19, para apoyar que el proceso del segundo dividendo se realice en los plazos antes indicados.
Resaltar que este es un paso más, tremendamente importante, que nos permite aventurar que en nuestro Congreso anual “Telcom´19 Región de Murcia” los días 16, 17 y 18 de mayo, podremos con la participación de los principales agentes del sector analizar con detalle el proceso cuyo inicio, en cuanto a lo que afecta a los ciudadanos se refiere, deberá producirse pocas semanas después.
Aspectos relevantes del Real Decreto:
1.- Proporciona seguridad y garantías para la continuidad y el futuro del servicio de televisión digital terrestre. En concreto, se garantiza el uso de la banda 470-694 MHz, que continuará siendo utilizada para el servicio de TDT al menos hasta 2030. En esta banda se dispondrá de las mismas redes de TDT que existen en el Plan técnico actualmente en vigor, y se mantendrá la oferta de canales existentes en la actualidad.
2.- En virtud de este real decreto, cada múltiple digital tendrá capacidad para integrar cuatro canales de televisión en alta definición, al tiempo que podrá continuar las emisiones actuales en definición estándar. En paralelo, se apuesta por un servicio de televisión digital terrestre de calidad, estableciendo una fecha límite para que todos los canales evolucionen sus emisiones a alta definición.
3.- Incluye la planificación de todos los canales de TDT de ámbito Estatal y Autonómico por área geográfica.
4.- Impulsa la renovación tecnológica del parque de receptores de TDT en España. Así, transcurrido el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta norma, los receptores que se hagan disponibles en el mercado español han de incluir la capacidad de recibir las emisiones en alta definición. Los de mayor tamaño deberán incorporar también la capacidad de recibir emisiones en ultra alta definición, emisiones con la tecnología de transmisión DVB-T2 y servicios interactivos HbbTV.
5.- Finalmente, se incluyen las especificaciones técnicas de las emisiones de TDT en alta definición y en ultra alta definición, y se incluyen medidas para favorecer e impulsar la implantación futura de estándares avanzados de TDT con tecnologías de mayor eficiencia espectral, que permitan un uso más eficaz del espectro radioeléctrico y una mejora en la calidad.
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